miércoles, 26 de septiembre de 2012

Departamento del Trabajo y RRHH anuncia amnistía contributiva para patronos


Amnistía contributiva para patronos
La recién aprobada Ley Núm. 151 de 4 de agosto de 2012, provee una oportunidad a aquellos patronos que cualifiquen para actualizar su situación contributiva con el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. Esta Ley aplica a todo patrono privado acogido al Sistema de Experiencia que:
  • No haya radicado la Declaración de Contribuciones para cualesquiera trimestres dentro del período de 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2011, o que habiéndolas radicado haya omitido información sobre salarios pagados a sus trabajadores.
  • Habiendo radicado su Declaración de Contribuciones, no haya pagado la contribución correspondiente, por lo tanto podrá efectuar el pago de la misma y acogerse a las disposiciones de la Sección 12D (c) de la Ley 151 de 4 de agosto de 2012.
  • No se haya registrado en el Negociado de Seguridad de Empleo y no cuente con número de cuenta patronal, por lo tanto podrá realizar una declaración voluntaria y solicitar su registro como patrono para que pueda beneficiarse de las concesiones en el pago de contribuciones que provee la Ley.
¿Cuál es el beneficio que establece la Ley?
  • Se releva del pago de interés sobre el principal a los patronos que no cuenten con un plan de pago, que hayan acumulado su deuda entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2011 y que paguen en su totalidad la deuda en o antes de 1 de octubre de 2012.
  • Para penalidades y recargos acumulados entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2011 se concede un relevo del 40% del total de dichas penalidades y recargos si salda en su totalidad la deuda en o antes del 1 de octubre de 2012.
  • Para deudas anteriores al 31 de diciembre de 2008 se dispone que el patrono pagará solamente el principal de lo adeudado, si paga en su totalidad el principal adeudado en o antes del 1 de octubre de 2012.
Es muy fácil acogerse a los beneficios de esta Ley, actualice su situación contributiva con el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos llamando o visitando a la División de Contribuciones para orientación.
Microjuris..

lunes, 16 de julio de 2012

“Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de Tu Hogar en Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de Vivienda Principal”.














Esta semana la Cámara de Representantes aprobó una medida del Senado. Información muy importante de ayuda a personas con préstamos federales o FHA.

16ta     Asamblea                                                                                                   3ra Sesión
           Legislativa                                                                                                       Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 1434
25 de febrero de 2010
Presentado por el señor Ríos Santiago
Referido a las Comisiones de Banca, Asuntos del Consumidor y Corporaciones Públicas;
y de lo Jurídico Civil

LEY


Para crear la ley que inserte el proceso de mediación compulsorio entre el acreedor hipotecario y el deudor hipotecario en los procesos de ejecución de Hipoteca (Foreclosure) de propiedades dedicadas a vivienda en Puerto Rico que se conocerá como “Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los procesos de Ejecuciones de Hipotecas de Vivienda Principal”. 

                                              
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En Puerto Rico nuestra ciudadanía se ha visto afectada grandemente por la crisis económica que ha afectado tanto a nuestra isla como a los Estados Unidos de América durante los últimos años.
            La escasez de recursos económicos en Puerto Rico ha ocasionado que muchos dueños de viviendas le hayan ejecutado su vivienda por parte de la entidad bancaria o crediticia que ostenta  el préstamo hipotecario sobre dicha propiedad.
            En los Estados Unidos de América se estima que más de nueve millones de estadounidenses  perderán sus propiedades mediante ejecución de hipoteca en los próximos cuatro años.
            La Compañía Goldman Sachs, uno de los grupos de inversión más grandes del mundo, estima que si en Estados Unidos de América  no se toman medidas para resolver el problema económico en los procesos sobre ejecución de hipotecas podría ocasionar que a partir del años 2014  podrían haber en los Estados Unidos más de trece millones de ejecuciones de hipotecas en  toda la Nación Americana. 
            La crisis económica en Puerto Rico ha afectado grandemente a nuestra ciudadanía  quienes se han visto privados de su derecho propietario de poder tener su residencia propia.
            Las ejecuciones de las propiedades residenciales por parte de las entidades crediticias ocasionan un efecto multiplicador negativo en la economía.  Esto ya que al privarse a nuestro pueblo de sus residencias, se disminuye la demanda para la compra y venta de propiedades y se limita el valor en el mercado de las viviendas, afectando así el flujo económico de nuestra economía.
            Los préstamos emitidos por los acreedores hipotecarios y entidades crediticias son efectuados mediante contratos de adhesión para aquellos deudores de hipotecas que desean adquirir un préstamo hipotecario para una residencia.  En este tipo de contrato se da el predominio de una sola de las partes por voluntad unilateral.  Por lo general es un contrato inflexible preparado por una sola parte en donde la otra se obliga.  
Los préstamos hipotecarios contienen en su mayoría cláusulas de aceleración y otros procesos  para asegurar la acreencia  por parte del acreedor hipotecario.
La ciudadanía en general desconoce los tecnicismos y los procesos complejos de todas las obligaciones legales incurridas en un préstamo hipotecario.  Los deudores hipotecarios no son orientados correctamente por los acreedores hipotecarios en muchas ocasiones, lo cual limita grandemente el dialogo entre el deudor y acreedor hipotecario al momento de enfrentarse a una ejecución de hipoteca.
            Considerando todo lo anterior, la Administración del Presidente Barack Obama creó el programa “The Making Home Affordable Program (MHP) para ayudar a aquellos deudores hipotecarios a poder refinanciar o modificar sus préstamos mediante dos programas:
A)    “Home Affordable Refinance Program (HARP):
Ofrece refinanciamiento a intereses más bajos a aquellos dueños  de viviendas con préstamos garantizados por Fannie Mae o Freddie Mac, incluyendo aquellos que deben hasta un poco más del valor real de su vivienda.
B)     “Home Affordable Modification Program (HAMP):

Ofrece a aquellos deudores hipotecarios el proveerle incentivos al modificar sus préstamos reduciendo el interés del préstamo, extendiendo el tiempo del mismo o reduciendo los pagos de la hipoteca de la propiedad hasta un 35% del ingreso bruto.
            El Congreso de los Estados Unidos sometió el Proyecto del Senado 2912 titulado “Foreclousure Mandatory Act of 2009” con el propósito de obligar a que todo deudor hipotecario con garantías  federales tenga que someterse compulsoriamente a un proceso mediación de previo a la ejecución de la hipoteca por parte del acreedor hipotecario.
            El Gobierno Estatal, al igual que el Gobierno Federal, debe colaborar y buscar alternativas que logren disminuir los procesos de ejecución de hipotecas y evitar al máximo posible que nuestros ciudadanos sigan perdiendo sus propiedades.  La realidad es que estas alternativas existen y el público las desconoce.
En los Estados Unidos de América nueve Estados han aprobado estos procesos de mediación ante los tribunales de justicia o mediante procesos  no judiciales compulsorios con el propósito de buscar y evitar  tener que llevar a cabo un proceso de ejecución de hipoteca por parte del banco o institución crediticia.
A tenor con lo antes indicado, es imprescindible que la Asamblea Legislativa  de Puerto Rico cree una Ley con el propósito de crear un proceso de mediación compulsoria       ante    los tribunales de Puerto Rico o ante los foros administrativos correspondientes previo a llevar un proceso de ejecución de hipoteca (foreclousure) de cualquier propiedad principal de vivienda en Puerto Rico por cualquier entidad bancaria.  Entiéndase propiedad principal de vivienda como aquella que se usa como hogar principal, no (second home) y que para fines de contribuciones sobre bienes inmuebles es la primera residencia o aquella que gozaría de aplicar en cada caso de una exención contributiva. 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:



Esta Ley se conocerá por el Titulo Corto “Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los procesos de Ejecuciones de Hipotecas de Vivienda Principal”.
Artículo 2. — Definiciones
Las siguientes palabras o términos, cuando sean usados o se haga referencia a los mismos en esta Ley, tendrán el significado indicado a continuación a menos que del contexto surja claramente otro significado:
(a)Mediación: Un proceso neutral por el cual un Juez asiste a las partes para tratar de llegar a una negociación o acuerdo voluntario para resolver su disputa. 
(b)Mediación Compulsoria: En los casos en que un acreedor hipotecario pueda iniciar un proceso de ejecución de hipoteca o venta judicial, se celebrará una vista compulsoria de mediación conducida en el Tribunal en el curso de un procedimiento de ejecución de hipoteca sumario y/o ordinario.  En dicha vista éste acreedor hipotecario le ofrece de buena fe al deudor hipotecario todas las alternativas viables en el mercado para poder salvar la hipoteca en casos de vivienda principal.  Todo esto dirigido a poder llegar a un acuerdo o modificación que permita al deudor hipotecario poder pagar y no perder su vivienda principal.
(c)  Acreedor Hipotecario:  Significa entidad o banco debidamente autorizados por las Leyes de Puerto Rico y las Leyes de los Estados Unidos de América para conceder préstamos con garantía hipotecara para vivienda principal,  asegurados por FHA, Fannie Mae, Ginnie Mae, y/o Freddy Mac, pero no limitado a estos inversionistas. 
(d)  Deudor Hipotecario: Residente permanente de Puerto Rico que paga préstamo hipotecario para su residencia principal. 
Artículo 3.— Será deber del Tribunal, antes de señalar fecha para la celebración del juicio, bajo apercibimiento de desacato, señalar para una vista preliminar o acto de mediación compulsorio que presidirá el juez de la corte para ofrecer al deudor hipotecario de buena fe todas las alternativas viables disponibles en el mercado para poder salvar la hipoteca.  Esto será un requisito jurisdiccional como parte de los procesos a llevarse a cabo al momento una ejecución de hipoteca ante los Tribunales o foros administrativos de Puerto Rico. De no presentarse el deudor de buena fe, la institución financiera actuará de la forma acordada en el contrato o pagaré efectuado el día de la transacción original de compra.
Articulo 4. - Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

lunes, 9 de julio de 2012

AL FIN .....Fijada la política pública con respecto al acoso laboral en Puerto Rico.


Hace un tiempo atrás se estuvo escribiendo sobre este tema de lo que es" mobbing "y de las consecuencias que este tipo de acoso provoca en nuestro ambiente laboral . 

El psicólogo Leyman –quien acuñó el término- lo llama también “terror psicológico” y dice que consiste en prácticas sistemáticas y frecuentes contra una persona en particular con el objetivo de “arrastrarlo a una posición  indefensible por un tiempo prolongado, hasta lograr que el mismo se quiebre o abandone su posición en la organización”.


En la generalidad de los casos esta práctica es observada en organizaciones que no pueden o no y desean recurrir al despido sistemas públicos , o empresas que no desean incurrir en los costos de la desvinculación,  normalmente la persecución la ejercen los jefes respecto de algún empleado que declaran “indeseable” o que consideran “peligroso”.

En otras oportunidades la presión es resultado de que el perseguido no ha cedido o condescendido con prácticas corruptas de la organización o a los requerimientos sexuales de un superior. 

Se le ha considerado también  de el “crimen perfecto” porque en algunas ocasiones extremas, la víctima, desesperada y completamente quebrada, llega al suicidio.Al fin el Senado aprobó esta semana una medida importante de protección laboral al darle paso al proyecto que prohíbe el acoso laboral.


El Proyecto del Senado 2144
  • fija la política pública del gobierno con respecto al acoso laboral;
  • define la conducta de acoso laboral;
  • prohibe ese tipo de conducta;
  • impone responsabilidades y deberes del patrono;
  • fija la responsabilidad civil del patrono;
  • deniega la inmunidad patronal;
  • fija el término de prescripción de la causa de acción;
  • instituye el recurso de injunction y el procedimiento sumario;
  • fija la responsabilidad por el pago de honorarios de abogado y costas del proceso judicial;
  • y otorga dispensa de agotamiento de remedios administrativos.
Fijada la política pública con respecto al acoso laboral
El informe de la Comisión del Trabajo, Asuntos del Veterano y Recursos Humanos indica que esta medida atiende la necesidad de establecer una causa de acción independiente para los casos de acoso laboral para garantizar la protección de los derechos constitucionales fundamentales de los trabajadores, conforme lo dispone nuestra Constitución y la norma jurisprudencial que emana de las decisiones del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
También, sostiene que en Puerto Rico se ha estudiado poco sobre el tema, sin embargo en el año 2000 se realizó una investigación descriptiva con relación a las leyes laborales y el maltrato en el trabajo, encontrando que no existen leyes que protejan al empleado del acoso laboral. Tres años más tarde el Dr. Miguel E. Martínez Lugo, Catedrático y Director del Programa de Psicología Clínica Industrial y Organizacional de la Universidad Carlos Albizu, y otros, realizaron un estudio exploratorio del acoso psicológico, con el propósito de identificar comportamiento de acoso y sus efectos a nivel físico y psicológico en las personas.
En ese estudio los investigadores utilizaron una muestra de 227 personas, 56% mujeres y el 44% hombres, entre las edades de 19 a 60 años. Los resultados indicaron que el 24% eran víctimas de acoso moral por parte de sus compañeros de trabajo y un 37% han sido en el pasado víctimas de éstos. El perfil de las víctimas demuestra que el 56% son mujeres entre las edades de 23 a 56 años, poseen un grado universitario y llevan 13 años o más en el empleo. Otro de los hallazgos significativos del estudio es que la fuente principal del acoso moral la constituyen los supervisores (42%), seguido de los compañeros de trabajo (31%), otros supervisores (22%) y el 3% por un subalterno.

miércoles, 4 de julio de 2012

Miles de contribuyentes siguen sin recibir su anhelado reintegro ....



A un mes de que se le venza el plazo al Departamento de Hacienda para enviar el reintegro sin que tenga que pagar intereses a los ciudadanos, aún estaban en proceso los reintegros de 43,723 contribuyentes, haciendo sal y agua sus expectativas de terminar el proceso para el día de hoy.

De acuerdo a información provista a NotiCel por el Departamento, de los 873 mil planillas con reintegro, al día de hoy solo se había enviado 829,277. Esto incluía la planilla de individuo y el crédito para las personas de 65 años o más.
Este año el fisco había recibido 993,656 planillas individuales y 241,789 planillas de personas con 65 años o más que recibirían el Bono de los Seniors.
Hacienda aseguró que todavía tenían hasta el próximo 31 de julio para enviarlos sin que tenga que pagar el 6 por ciento de interés del monto por cada reintegro adeudado.


Cuando se le cuestionó a qué respondía la demora en el envío de los reintegros, cuando se supone que las transacciones en internet agilizaran el proceso, Milagros Rodríguez, portavoz de Hacienda, manifestó que "entendemos que estamos al mismo ritmo del año pasado, tomando en cuenta que este año tuvimos 241,000 planillas adicionales del Bono de los Seniors".

 (NotiCel/Archivo)

PERIODO LIBRE DE IVU PARA COMPRAS "BACK TO SCHOOL"


Periodo libre de IVU por regreso a la escuela 2012

Periodo libre de IVU por regreso a la escuela 2012La Sección 4030.20 de la Ley Núm. 1 de 31 de enero de 2011, conocida como el Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico exime a ciertos artículos ordinariamente adquiridos para el regreso a la escuela del pago del impuesto sobre ventas durante un período de tres (3) días.
Para el año 2012 queda establecido el periodo libre de contribuciones por regreso a la escuela que comenzará a las12:01 a.m. del viernes, 13 de julio de 2012 y concluirá a las 12:00 de la medianoche del domingo, 15 de julio de 2012.
La exenciones aplican de la siguiente manera:
  • Ropa: el artículo no puede exceder de $75.00.
  • Artículos escolares: el artículo no puede exceder de $50.00.
  • Computadora o tablets: el artículo no puede exceder de $750.00. Sólo una (1) y no aplica a teléfonos o aditamentos para las computadoras que se vendan por separado.
  • Programas de computadora: el artículo no puede exceder de $200.00.

lunes, 2 de julio de 2012

UNA PALABRA ES MUCHO MAS QUE UN CONJUNTO DE SIGNOS !@#$%^?


Una palabra expresa nuestra parte del mismo, cuando las  tratamos de interpretar y estas marcan un evento en nuestras vidas en donde nada se puede cambiar. El modo cómo las pronunciemos, las ganas que le otorguemos, dejará ver nuestro ánimo ante cualquier situación , nuestro parecer ante lo que podemos  narrar o nuestra implicación ante lo expuesto. Hay momentos en que una sola palabra es capaz de de borrar nuestras culpas  arreglar una amistad de mucho tiempo o de poco, de sellar una relación  para siempre, o de transformar de un pensamiento una vida. 

La falta de una palabra en el momento oportuno puede causar un mal rato, el negar a alguien una respuesta puede separar dos personas y otra palabra de perdón puede unirlas de nuevo tan fácil con expresarla. La fuerza de una palabra no recae en la pronunciación de ésta, sino en todo el significado que arrastra tras de sí y que sale a la luz junto con ese movimiento de aire entre los labios. Una palabra es mucho más que un sonido o que una vibración de las cuerdas vocales. Si no pudiéramos hablar, podríamos igualmente utilizarlas mediante la escritura u otros lenguajes de signos. Utilizamos las palabras para pensar, imaginar, soñar, recordar, inventar, juzgar, criticar, engañar, mentir, desahogarnos, comprometer, jurar,  trabajar, dialogar, jugar, rezar, perdonar, agradecer, amar, entregarnos… Está clarísima, por ello, la importancia que tiene el que hagamos un buen uso de ellas y seamos conscientes de lo que cada uno de estos actos implica. De todos modos, también podemos utilizarlas para rectificar en el momento en que metamos la pata. 


Son el medio para abrirnos a otras personas  y a nosotros mismos, para poder  conocernos. Pensamos con palabras , arreglamos con palabras nos enfrentamos con palabras . Es por ellas  que podemos definir un ideal, mostrando nuestros secretos a quienes nos decidamos a abrir el corazón . Una palabra vale mucho, debemos saber guardarlas para cuando sea necesario. Habrá ocasiones en que debamos encajonar palabras en nuestro corazón  para que formen parte de nuestra intimidad y sólo nosotros y nuestro ser supremo las conozcamos. Es un ejercicio difícil, ya que hoy se fomenta el que se compartan todo tipo de sentimientos con el prójimo sin necesidad de que haya un vínculo verdadero entre ambos. Muchas veces tendremos que medir las palabras que empleamos y no dejar que se escapen perdiendo el preciado valor que tienen. Hay palabras que no todo el mundo merecerá escuchar de nuestros labios y otras que necesitan salir abriéndose paso cuanto antes aunque tratemos de evitarlo. Ese poder  de valor y la fuerza que tienen para cambiar el mundo de aquellos que las sepan utilizar sabiamente son la esperanza de muchos en estos momentos tan difíciles que vivimos no las desgastemos inoportunamente y añadenele el valor necesario para fomentar ese valor que puede marcar la diferencia  o quizás el conocimiento que nos pueda hacer falta para lograr aquellas metas que nos propusimos en nuestra vida  .

lunes, 25 de junio de 2012

La Excelencia Operacional Sostenible








El aumento de la presión regulatoria en las empresas farmacéuticas en PR, el alza de costos de los insumos, la globalización conduciendo a una mayor complejidad y competencia, una aumentada velocidad al mercado son sólo algunas de las crecientes presiones que enfrentan los negocios de nuestros País. Creemos que la Excelencia Operacional Sostenible es fundamental para cualquier empresa que pretenda seguir operando los próximos 3-5 años lo contemple dentro de su plan de negocios. 


En promedio el 55% de todos los CEOs globales están invirtiendo en la mejora de las condiciones de vida y de trabajo en las áreas operacionales de sus empresas. Sus esfuerzos van desde programas de capacitación laboral para el desarrollo de infraestructura, en función de las prioridades de los actores locales. En comparación, poco más del 40% de los CEOs de Estados Unidos dicen que están haciendo esas inversiones. Pero ellos se dirigen a áreas específicas donde se ve un papel más importante para el sector privado, por ejemplo, el 64% de los CEOs de Estados Unidos están aumentando su compromiso de mantener la salud de sus trabajadores.


No se trata de una función o actividad aparte, sino un valor central integrado en la empresa. El impacto ambiental y social de los productos y las operaciones se integra con cómo la empresa genera un valor económico. A través de estrategias y sistemas que proporcionan información útil e incentivos significativos, cada parte de la empresa comprende la forma en que contribuye a éxito a largo plazo de la compañía.


Integrar los procesos sostenibles como buenas  prácticas y métricas a través de sus operaciones, y utilizar la tecnología para presentar la información no se recoge antes de influir en las decisiones empresariales y el comportamiento individual es la base de las operaciones de nuestras empresas, de manera que los indicadores de sostenibilidad sean parte integrante del proceso de toma de decisión del día a día, ayuda a asegurar y obtener una ventaja competitiva y éxito en estos tiempos difíciles. 

El éxito de las empresas depende de la disposición que se tenga a mantener la mente abierta, tocar puertas sin importar que puedan ser cerradas, por lo que es cuestión de voluntad y de asumir el reto con la mentalidad de hacer de cada crisis un mar de oportunidades.